EFE Feminista/Macarena Baena Garrido.-
En España, el 70 % de las víctimas de violencia digital de los casos que se denuncian son mujeres y niñas, según datos de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) correspondientes a 2022.
En 2022, la Agencia realizó 51 intervenciones de urgencia para retirar información, imágenes, vídeos o audios que se habían publicado en Internet sin permiso y que mostraban contenido sensible (sexual o violento).
Mujeres y niñas
El 70 % de esas intervenciones, denunciadas en el Canal prioritario, se ha clasificado como violencia digital contra mujeres y niñas, según el informe de la AEPD.
En 46 de esos 51 casos se consiguió la retirada de los contenidos publicados con inmediatez, lo que supone más de un 90 % de efectividad.
El Canal Prioritario, creado por la Agencia en 2019, es una iniciativa pionera a nivel mundial que permite solicitar la retirada urgente de contenidos sexuales o violentos publicados en Internet sin el consentimiento de las personas que aparecen ellos.
La publicación en Internet de contenidos de este tipo se utiliza para controlar y amedrentar a las mujeres, para humillarlas tras haberse separado, en el caso de exparejas, o tras negarse a seguir enviando contenidos sexuales.
80 % ha sufrido violencia digital
Según el informe ‘Mujeres jóvenes y acoso en redes sociales’, de Instituto de las Mujeres, el 80 % de las mujeres ha sufrido alguna situación de acoso en las redes sociales. Y dos de cada tres mujeres no han acudido a ninguna institución para denunciar su situación.
La Agencia recuerda la importancia de denunciar la publicación no consentida de contenido sensible en Internet, ya que, además de requerir de forma urgente la eliminación de los contenidos publicados sin permiso, la Agencia puede imponer una sanción tras localizar al infractor.
La Agencia puede declarar la infracción incluso cuando las imágenes se grabaran inicialmente con el consentimiento de la mujer, pero esta no haya consentido la publicación posterior.
El término violencia digital está recogido la Ley de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, que garantiza la existencia del Canal para denunciar contenidos que suponen “un menoscabo grave del derecho a la protección de datos personales”.
Sanciones para mayores de 14 años
La Ley también añade que las personas mayores de 14 años podrán ser sancionadas por infracciones de la normativa de protección de datos personales. Cuando la autoría de los hechos cometidos corresponda a menores de 18 años, responderán de la multa impuesta sus padres o tutores.
En este sentido, padres, madres o tutores legales pueden llegar a tener que responder económicamente por las infracciones administrativas y conductas delictivas de sus hijos e hijas menores de edad, así como por los daños y perjuicios materiales y morales causados.
También puede existir responsabilidad disciplinaria, civil y penal.
Así, los menores de 14 a 17 años responden por delitos tipificados en el Código Penal como acoso, amenazas o difusión o reenvío de imágenes que menoscaben gravemente la intimidad de una persona, aunque se obtengan con su permiso (casos de sexting, ciberacoso o ciberbullying).
Cómo denunciar
La denuncia realizada en el Canal prioritario es independiente de la que pueda plantearse ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado o la Fiscalía.
Para facilitar la denuncia de este tipo de casos a los menores de edad, la Agencia ha flexibilizado los requisitos, facilitando un medio de contacto basado en un formulario abierto, sin necesidad de presentar certificado digital.
La denuncia de contenido sexual o violento publicado en Internet sin el consentimiento de la persona afectada puede realizarse a través de este enlace de la Agencia
En el caso de los y las menores de 18 años, la Agencia también ha habilitado una forma de contacto para denunciar la difusión de este tipo de contenidos.