Juicio contra un acusado de delito de odio
Zamora24horas.- La defensa pide su absolución.
La Audiencia Provincial ha acogido este martes el juicio contra un zamorano acusado de un delito de odio por la publicación en un grupo de WhatsApp de la foto de una mujer de etnia gitana acompañada de un texto en el que se citaba que “unos rumanos, en concreto esta mujer, estaba intentando colar billetes falsos” en comercios de Benavente.
La foto fue compartida vía WhatsApp en distintos grupos y el acusado, gerente de un establecimiento benaventano, en su declaración de este martes, no se ha mostrado de acuerdo con el ministerio fiscal señalando que él no escribió ese texto y en el texto que escribió aludió a una mujer “morena”, así como ha resaltado que se confundió de persona al difundir la imagen puesto que cinco minutos antes había entrado otra mujer con similitudes a ésta intentando “colar un billete de 20 euros falso”, así como ha señalado que tras conocer los hechos hizo una publicación similar en el grupo de rectificación y pidió que se eliminará la publicación inicial.
El acusado ha destacado además que no contaba con las grabaciones de la cámara al haber pasado ocho días y ha asegurado que pidió disculpas, así como que en el grupo de WhatsApp se comunican todo ese tipo de incidencias, habiéndolo compartido para avisar a los comerciantes y, tras hablar con su mujer y contarle el error cometido, ésta se puso en contacto con la familia para pedirles disculpas, subsanar la situación y pedirles una reunión para pedir perdón. Además, ha resaltado que cuando fueron a hablar con él no dijo que había sido el autor porque no sabía a qué se referían y se dio cuenta horas después, así como su pareja ha hecho hincapié en que el acusado “no tiene sentimientos racistas hacia los gitanos” y ha destacado la buena relación con ellos.
Por su parte, la víctima ha incidido en que entró en el establecimiento del acusado para cambiar un billete y éste ni siquiera lo tocó diciéndole que no tenía cambio por lo que no entiende en qué se basa para realizar esa afirmación, y unos días después se enteró del mensaje que estaba siendo difundido sobre su persona y junto a su hijo fue a hablar con el acusado y, con la Policía presente, el acusado dijo que él no sabía nada, que habría sido un empleado, aunque en días posteriores ya no admitió, así como ha señalado que fruto de esa publicación ha tenido ataques de ansiedad.
El hijo, quien puso la denuncia, ha reiterado que “difundió la cara de mi madre por todo Benavente” cuando además se dedica a la venta ambulante y no pudo continuar con su trabajo cogiendo depresión, afirmando así mismo que el acusado no confirmó su autoría inicialmente y después se disculpó con un familiar, no con ellos. “Qué voy a hacer yo si el dolor ya está hecho, mi madre tenía vergüenza y fue una cosa que se hizo grande”.
La declaración de los testigos se ha centrado en preguntas de la fiscal y del abogado de la acusación sobre en qué grupo de WhatsApp se había difundido, sus participantes, así como el mensaje en sí y los hechos ocurridos cuando la Policía estuvo presente en el establecimiento.
Ante todo ello, el Ministerio Fiscal considera que hay que aplicar el artículo 510 del Código Penal atendiendo a un delito de odio puesto que se refiere a “lesionar la dignidad de las personas por pertenecer a grupos étnicos” quedando acreditado que subió la foto de esta mujer y el texto, aunque se niegue el texto inicial, y que se hizo con el objetivo de que tuviera la mayor difusión posible, recordando que cuando se hace una publicación de este tipo hay que extremar las precauciones y considerando que la rectificación no tuvo tanta repercusión, así como entiende que es porque tiene la piel morena por los que se eligió esa difusión en un lugar en el que se conoce todo el mundo sin que haya prueba de que minutos antes hubiera entrado alguien con características similares, así como mintió a la Policía sobre su autoría y existen partes de asistencia médica de la víctima con ansiedad reactiva. “El menosprecio, la humillación y la dignidad de la persona sufre menoscabo”, ha señalado., así como se ha referido también a que no había habido enfrentamiento previo, era desconocida por el autor y se compartió solo por ser cómo es, con el agravante de difusión por internet.
Por ello, el Ministerio Fiscal solicita 18 meses de prisión, 12 meses de multa con una cuota de 10 euros al mes y cinco años de inhabilitación especial, así como una indemnización de 1.684,84 euros de responsabilidad civil.
Por su parte, el abogado de la acusación ha solicitado la absolución del mismo considerando que el matiz “rumanos” no se le puede atribuir al mismo y cree que una mujer “morena” no es algo vejatorio, añadiendo que si se aplicase algún delito podría enmarcarse en el 208, pero no como un delito de odio por poner piel morena, “es un despropósito” señalando que únicamente se quería informar a los comerciantes y ha pedido perdón.
El acusado ha hecho uso de la última palabra al concluir el juicio y ha pedido en ese momento disculpas directamente a la víctima y a su familia lamentando el daño que haya podido causar.
El caso ha quedado visto para sentencia.